BONOS SOCIALES

No vigente.

 

En la actualidad, los beneficiarios del Abono Social telefónico deben ser jubilados y pensionistas.

Los jubilados pueden disfrutar de dicho servicio tanto si son beneficiarios de una pensión propia de un Organismo Público como si es una pensión privada reconocida por Resolución Judicial.

Además, la renta familiar de los beneficiarios de esta ayuda no puede superar los 9.023,50 euros. Según lo estipulado en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas -IRPF-, la renta debe estar constituida por los siguientes rendimientos: trabajo, capital mobiliario e inmobiliario, actividades económicas y ganancias y pérdidas de patrimonio.

Os dejamos los enlaces para más información:

Bono social eléctrico: https://selectra.es/energia/info/bono-social
Bono social térmico: https://preciogas.com/faq/bono-social-termico
Bono social telefónico: https://www.comparaiso.es/manuales/abono-social-telefono
 

 

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